Salgo para allá mañana a mediodía, llegaré a Lugo el domingo después de comer, y vuelvo el sábado que viene.
Deseadnosnos suerte, que parece que no nos va a venir nada mal.
Nos leemos.
Más work in progress que ningún otro
El Código Penal establece, en el punto número 3 del artículo 490 penas de prisión de seis meses a dos años para el que calumnie o injurie al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o algún miembro de la Regencia, o al Príncipe heredero de la Corona, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas. En el caso de que la injuria o la calumnia no fueran graves, la pena sería de seis a doce meses.Amos, no me jodas, buen gusto no destila, la viñeta, pero lo de "injurias a la Corona"* y lo de retirar las publicaciones de los quioscos y ordenar que se destruya el molde son dos trajes que nos quedan ya un poco prietos. Claro que, en mi opinión, la Corona tampoco nos favorece nada.
Según el punto dos del artículo 491, se impondrán la pena de multa de seis a 24 meses al que utilice la imagen del Rey o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del Príncipe heredero, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona.
Por último, en el artículo 208 del Código Penal se establece que es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves. Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
Para los estrategas, para los políticos,
para los historiadores, todo está claro:
hemos perdido la guerra.
Pero humanamente no estoy tan seguro.
Quizá la hemos ganado.